Derecho Fundamental Proteccion Datos

DIEZ GRANDES ÉXITOS CINEMALOPDGRÁFICOS

LA LOPD ES BELLA.

Esta es una historia sencilla, pero no es fácil contarla. Como en una fábula, hay dolor, y como una fábula, está llena de maravillas y de felicidad.

¿Qué decir de este impresionante éxito cinematográfico?

Un canto –como pocos- a la vida.

Un canto a la esperanza cuando ya todo está perdido.

Y sin embargo… , el triunfo. Y la vida sigue.

Bellísima y estremecedora al mismo tiempo.

Como la vida misma.

Como la misma Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos.

– Buenos días, princesa… Buenos días, querida LOPD.

¿Por qué pensamos siempre que la LOPD es tan terrible? Para muchos es una norma molesta, que conlleva gastos, que no sirve para nada, salvo para que abogados canallas como yo vivamos de ella.

¿No?

Pues quizá no.

Veríamos las cosas de una forma muy distinta si retrocediéramos en el tiempo, hasta el momento en que este tipo de normativas se desconocían, y en que lo más normal del mundo era que la policía entrara en tu casa, dando una patada en la puerta, y registrando todas tus pertenencias sin más. Hubo momentos históricos en los que el derecho a la intimidad era totalmente silenciado por las autoridades y por cualquiera, cometiéndose tremendos atropellos en relación con los derechos humanos.

Porque lo único cierto es que el actual derecho de protección de datos tiene su origen en el derecho a la propiedad privada, y un poco más adelante en el derecho a la intimidad.

Ya en el año 1890, dos señores norteamericanos llamados Samuel Warren y Louis Brandeis, enunciaron el famoso  THE RIGHT TO BE LET ALONE o DERECHO A SER DEJADO EN PAZ, en estos términos:

Los cambios políticos, sociales y económicos entrañan el reconocimiento de nuevos derechos y el derecho común, en su eterna juventud, se amplía para satisfacer nuevas demandas de la sociedad …, ahora, el derecho a la vida ha evolucionado hasta significar el derecho a disfrutar de la vida, el derecho a ser dejado en paz.

Preciadísimo, y tantas veces anulado, derecho a SER DEJADO EN PAZ. ¿Cuántas veces lo habremos también nosotros enunciado en voz alta, aunque con menos bucólicas expresiones, cuando el señor oriundo de Latinoamérica nos llama por teléfono por enésima vez de parte de Vomistar, Robafone, Timofónica, Opoweroranger…?

Que nos dejen en paz, sí, señor, que no me llamas más, pesado, que quiero dormir la siesta…

Pues bien: eso también es la LOPD, la lista Robinson, el derecho de oposición y cancelación de datos, etc…

No está de más recordar que en el ordenamiento jurídico español, el derecho de protección de datos se considera un Derecho Fundamental, reconocido por la Constitución.

No encontrarás el derecho como tal, con el nombre de derecho de protección de datos, si tienes curiosidad y te lees el articulado de nuestra constitución.

Lo que encuentras es un artículo 18 que habla de honor e intimidad, y en especial su párrafo 4, que indica que:

La Ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal  y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos.

Y es ahí, justamente, donde se ha de incardinar este derecho de protección de datos.

El Tribunal Constitucional así lo manifestó en su sentencia  nº 292/2000 de 30 de noviembre, estableciendo que estamos ante un derecho fundamental independiente y con autonomía propia, que no se reduce sólo a los datos íntimos de la persona, sino a cualquier tipo de dato personal, sea íntimo o no. Copio y pego uno de los párrafos más importantes de la Sentencia:

“ El contenido del derecho fundamental a la protección de datos consiste en un poder de disposición y de control sobre los datos personales, que faculta a la persona para decidir cuáles de esos datos proporcionar a un tercero, sea el Estado o un particular, o cuáles puede este tercero recabar, y que también permite al individuo saber quién posee esos datos personales y para qué, pudiendo oponerse a esa posesión o uso”.

Epílogo:

La LOPD es tu amiga.

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